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description: "El gobierno de Figueroa exoneró a dos serenos que habrían permitido el ingreso de una mujer ajena a una dependencia."
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date_published: "2026-11-03T08:43:00-03:00"
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  - "FIGUEROA"
  - "PURGA DEL ESTADO"
  - "SERENOS"
  - "TOLERANCIA CERO"
author_name: "Redacción"
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category_name: "NOTICIAS"
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# CON FIGUEROA, LA TOLERANCIA CERO ALCANZÓ A DOS SERENOS DE LA SUBSECRETARÍA DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

Otros **dos estatales neuquinos** fueron despedidos en el marco de la política de **tolerancia cero** que puso en marcha el gobernador **Rolando Figueroa**. El caso tuvo una particularidad: dos **serenos** hicieron ingresar a una mujer a una dependencia del Estado provincial, y uno de ellos admitió además haber consumido sustancias.

### Exoneración de dos serenos

La **exoneración**, una sanción más severa que la cesantía, recayó sobre **Héctor Daniel Ramírez** y **Mario Alberto Contreras**, de planta permanente de la **Subsecretaría de Niñez y Adolescencia**, dependiente del **Ministerio de Trabajo y Desarrollo Humano**.

Según el expediente, el **14 de febrero de 2025** se inició un sumario administrativo por hechos ocurridos el **28 y 29 de septiembre de 2024**: los agentes habrían incumplido sus deberes de serenos y hecho ingresar a una **mujer ajena a la administración pública** a la **Dirección Provincial de Protección de Derechos de las Personas Mayores**, en Remigio Bosch y J.J. Lastra, en la ciudad de Neuquén.

### Qué determinó la investigación

La mujer habría permanecido y circulado por el lugar **más de 10 horas**, sin autorización ni justificativo institucional, y los agentes **no se retiraron en los horarios asignados**. En el caso de Ramírez, además, registró su asistencia pese a encontrarse con **licencia por razones personales**.

La **Dirección Superior de Sumarios** reunió pruebas documentales, testimoniales e informáticas. Las **cámaras de seguridad** confirmaron la presencia de la mujer el **29 de septiembre de 2024** y mostraron a los serenos recorriendo los pasillos junto a ella durante la madrugada.

### Las declaraciones y los fundamentos

Los acusados admitieron las irregularidades y reconocieron la obligación de registrar en el **Libro de Actas** todo ingreso de particulares. Se responsabilizaron mutuamente por el acceso inicial, aunque ambos admitieron haber consentido su permanencia.

La **Junta de Disciplina** consideró que las conductas quebrantaron la función esencial del sereno, que es **velar por la seguridad de los bienes estatales y de las personas**. El decreto sostiene que cometieron **“la falta grave e inexcusable”** de permanecer con una mujer ajena al lugar durante horas, fumando y, según confesó Contreras, consumiendo cocaína.

### Otro agente sancionado

Un compañero, **Danton Américo Gómez**, recibió una **suspensión grave de veinte días sin goce de haberes** por no registrar la anomalía en el libro de actas durante sus turnos.

Según el expediente, el procedimiento se fundó en registros fílmicos, testimonios y las propias declaraciones de los sumariados, con **garantía del derecho a la defensa**.

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